¡Alerta Motos! Nueva Ley: Ninguna Moto Podrá Circular sin Seguro Obligatorio

En una medida inédita, a partir del 9 de octubre, los concesionarios y vendedores de motocicletas en el país deberán asegurarse de que las motos vendidas estén cubiertas por un seguro antes de ser liberadas para circular por las vías públicas. Esta disposición, avalada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor (DNRPA), surge como respuesta a la necesidad de establecer un seguro obligatorio anual para todas las motocicletas nuevas.

Alerta Motos! Nueva Ley: Ninguna Moto Podrá Circular sin Seguro Obligatorio

La iniciativa, impulsada por el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito, tiene como objetivo promover una nueva cultura vial en el país, ofreciendo mayor seguridad a los motociclistas y a terceros involucrados en accidentes de tráfico.

El director ejecutivo de la ANSV, Pablo Martínez Carignano, subrayó: «Es fundamental que todas las motos nuevas estén aseguradas antes de circular. Esta práctica, común en la adquisición de automóviles, se extiende ahora a las motocicletas para garantizar una circulación más segura y responsable».

La disposición, comunicada a través de la ANSV 544/2021, se convertirá en un requisito obligatorio para el proceso de patentamiento de las motos 0 km ante la DNRPA.

La ANSV, en colaboración con la Cruz Roja Argentina, ofrecerá asistencia técnica y campañas de concientización a los compradores de motocicletas nuevas, permitiéndoles elegir la póliza de seguro que mejor se ajuste a sus necesidades.

Esta medida busca no solo fomentar la responsabilidad en caso de incidentes viales, sino también reducir los índices de siniestralidad. Los motociclistas representaron el 40% de las víctimas fatales en incidentes viales en 2022, por lo que esta regulación pretende mejorar las condiciones de seguridad en las carreteras.

Requisitos y Procedimientos para Concesionarios y Comerciantes

Los concesionarios y vendedores de motos 0 km deben seguir un proceso específico para cumplir con esta nueva regulación:

  • Registrarse como punto de venta ante la ANSV enviando la información requerida a cra.ec@cruzroja.org.ar.
  • Una vez aprobada la solicitud, se otorgará la autorización como punto de venta habilitado para emitir el formulario digital.
  • Se debe registrar al personal autorizado para gestionar el formulario digital a través del sitio web https://formulariomotos.seguridadvial.gob.ar/login.
  • El personal autorizado podrá generar el formulario digital proporcionando los datos de la moto vendida, del comprador y del seguro. Además, se emitirá una boleta de pago, cuyo abono generará un número de formulario.
  • El número de formulario debe ser incluido en el trámite de patentamiento de la moto 0 km en el campo correspondiente.

Para cualquier consulta, los interesados pueden comunicarse a: formulariomotos@seguridadvial.gob.ar

Esta medida representa un paso importante hacia una circulación más segura y responsable en las vías, asegurando que cada motocicleta nueva cuente con la protección necesaria para afrontar cualquier eventualidad en la ruta.

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